A través de la resolución 4976 publicada ayer en el Boletín Oficial, la AFIP reglamentó además el Programa de Normalización que habilita la declaración voluntaria de tenencia en moneda nacional y extranjera para la realización de inversiones en desarrollos inmobiliarios.
Estos son los 5 pasos claves que tenes que saber sobre cómo se llevará adelante el Blanqueo:
1. Depósito en la cuenta
En tu banco deberás solicitar la apertura de una cuenta CECON.ar en la divisa que estés exteriorizando y podrás depositar ahí el dinero.
IMPORTANTE: Cuanto antes deposites el dinero, menos tasa pagarás de impuesto único.
h/10/5: 5%
h/9/6: 10%
h/9/7: 20%
2. Declaración de la tenencia
Desde el 17/5 podrás ingresar al servicio “Normalización de la tenencia en moneda Ley 27.613” de la web de AFIP y declarar la tenencia y la valuación de los fondos depositados en la cuenta.
3. Pago del Impuesto
Desde el 21/5 podrás generar un VEP para el pago del impuesto. Una vez que lo pagues, podrás enviar la declaración jurada informativa F.1130.
El vencimiento del pago opera por las acreditaciones h/10/3: 31/5 | 9/6: 30/6 | 9/7: 9/7 . Si acreditaste en mayo o junio pero no llegaste a pagar el impuesto, podrás hacerlo hasta el 9/7 pagando intereses resarcitorios. Si no pagaste el impuesto ni presentaste la declaración jurada al 9/7, perdés los beneficios del blanqueo.
¿Cómo se calcula el impuesto?
Si blanqueaste pesos, será ese importe por la tasa vigente a la fecha de depósito de los fondos.
Si blanqueaste U$S, deberás transformar ese importe al TC comprador del BNA de la fecha de ingreso a la cuenta, por la tasa vigente a esa fecha.
Ejemplo: depositaste el 26/4 U$S 100.000.- x TC $92,5 x 5% = 462.500.-
4. Inversión en un Desarrollo multiplicador
Seleccionada la inversión en un proyecto inmobiliario, ya podrás instrumentarlo y tendrás hasta el 31/12/2022 para afectar la totalidad de los fondos existentes en tu cuenta CECON.ar en dicho emprendimiento.
5. Declaración de uso de fondos
Una vez pagada la inversión y usados todos los fondos existentes en la cuenta, deberás declarar mediante el mismo servicio de la AFIP “Normalización de la tenencia en moneda Ley 27.613” el monto de las inversiones realizadas informando al COPI (Código de Registro de Proyectos Inmobiliarios) que te informará el constructor/desarrollador con el cuál invertiste.
Tenés hasta el 31/3/2023 para presentarla.
¿Cómo obtengo este COPI?
Cada constructor/desarrollador que ofrezca proyectos “aptos blanqueo” deberá tramitar a través del servicio de la AFIP “Registro de Proyectos Inmobiliarios (REPI)” un COPI para cada obra. Para ellos la AFIP le solicitará presente la documentación que acredite que este proyecto califica para este beneficio (avance de obra, etc).
El Blanqueo se presenta como una buena oportunidad que fomentará la inversión privada y seguirá ayudando a la creación nuevos puestos de trabajo para reactivar la economía.
“Tenemos expectativas muy positivas con el blanqueo. Es una oportunidad y estamos seguros que la gente la va a aprovechar. Hoy es barato construir y, además la alícuota es muy baja. Cabe aclarar que después de esto, viene la ley sobre hipotecas para que los bancos puedan darlas indexadas por salarios. Mucho mejor que las UVA. En resumen, será un buen año para la construcción privada”.
Damián Tabakman, presidente de la Cámara Empresaria de Desarrolladores Urbanos en Argentina (CEDU), dijo para Ambito Financiero.
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